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PAPELERAS Botnia Fray Bentos contaminará: ¿Si o No? 1

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Mensaje  dayrdan Mar Jun 17, 2008 12:20 am

PAPELERAS
Botnia Fray Bentos contaminará: ¿Si o No?

El presente estudio utilizará en la primera parte, solamente los datos y comentarios de: 1- Informe Ambiental - Resumen – expediente 2004/14001/1/01177 redactado por Carlos Faroppa y Kaisu Annala del 02/12/2004 de la empresa Botnia S.A. 2- Informe de la DI.NA.M.A (Dirección Nacional de Medio Ambiente) elevado a la Dirección de la División de Evaluación de Impacto Ambiental, ambas de la Republica Oriental del Uruguay y sobre la Empresa Gabenir S.A – Planta de Producción de Pasta de Celulosa del 02/10/2003, luego conocida como ENCE. 3- Informe de la DI.NA.M.A del 11/02/2005 Sobre Instalación de Planta de Celulosa y obras accesorias de la empresa Fredilan S.A, actualmente Botnia S.A.o

Conviene decir que contaminar significa: Contagiar o impregnar un objeto, alimento o el aire con gérmenes patógenos o sustancias nocivas para la salud.
Del informe 1- tomaremos los datos contenidos en las tablas: 2-1 (Pág. 24); 2-3 (Pág. 28); 2-4, 2-5 (Pág. 29) y 2-6 (Pág. 33).

La tabla 2-1 contiene las cantidades de contaminantes expresados en toneladas (1000kg) por año que contendrán los efluentes líquidos a volcar en el Río Uruguay:
D.Q.O (demanda química de oxigeno) ________________________________________15000 t/año
D.B.O.(demanda bioquímica de oxigeno) _______________________________________700 t/año
A.O.X.(halógenos orgánicos absorbibles) _______________________________________150 t/año
N tot (Nitrógeno total) ______________________________________________________200 t/año
P tot (Fósforo total) _________________________________________________________20 t/año
S.S. (Solidos en Suspension) ________________________________________________1000 t/año
TOTAL _________17070 t/año

La cantidad total en 40 años seria: 682800 toneladas.
De la tabla 2-3 (Pág. 28) “Emisiones atmosféricas de la planta de pulpa de Botnia, promedio anual” que saldrán por la chimenea se enumeran como contaminantes en las cantidades que expresaremos, en ton/año y el efecto acumulativo en 40 años también en ton/año los siguientes materiales:

Año 40 años
Polvo (material particulado) T.S.P 362,88 14515,2
Dióxido de Azufre SO2 647,14 25885,6
Azufre total reducido T.R.S 66,53 2661,12
Óxidos de nitrógeno NOx 1176,34 47053,44
Gases de Efecto Invernadero – CO2 1693440 67737600
Compuestos Clorados como Cl (no especifica en que forma) 30,24 1209.6
Emisiones volátiles (no especifica compuestos) 907,02 36288

Sumatoria de todas las emisiones gaseosas por chimenea:

En ton/hora ______________201,98
En ton/día _______________ 4847,54
En ton/año _______________1696656,5
En 40 años ______________ 67866308 toneladas

En la tabla 2-5 (Pág. 29) se enumeran las principales sustancias que general olor, sin especificar en que cantidades y sin aclarar cuales otras podrían haber:

Sulfuro de Hidrogeno H2S
Metil Mercaptano – CH3SH
Dimetil Sulfuro (CH3)2 S
Dimetil disulfuro (CH3)2 S2

En la tabla 2-6 (Pág. 33) se enumeran los residuos sólidos generados en la fabricación que tendrían distintos finales:
Al Vertedero (deposito al aire libre, dentro del predio de Botnia): 29500 ton/año expresado como material seco
Reciclado a las plantaciones como compost: 7800 ton/año, seco
Residuos peligrosos: 100 a 150 ton/año. En la pagina 35, se dice “Será enviado a una planta de tratamiento adecuada para materiales peligrosos”. En 40 años las cantidades serian de 4000 a 6000 toneladas.
En la tabla 2-4 (Pág. 29) se indican los “Parámetros estimados de salida para la Chimenea de Fábrica”, con los cuales se calcula que:
Caudal Volumétrico en metros cúbicos normales, es decir a presión atmosférica normal (760 mm de Hg) y 0º C, sería de 16.416.000 Nm³/día y la temperatura media de los gases sería 170ºC a una velocidad de 20 metros por segundo (72 Km./hora), con una altura de chimenea de 120 metros.
De los informes 2 y 3 de la DI.NA.M.A extraeremos solamente algunos párrafos que consideramos más relevantes, pero aclarando que las observaciones a los Informes de Botnia y ENCE son muy numerosas:
Observaciones a lo relacionado con Botnia, punto 3 Pág. 19 de 36:
1- “En los documentos aportados por Botnia durante el proceso de evaluación del ES.I.A (Estudio de Impacto Ambiental) se identificaron vacíos de información, contradicciones (incluso dentro del mismo documento) y respuestas dispersas y poco satisfactorias. La información recibida se caracterizó además, por ser muy voluminosa y la vez poco clara, reiterativa y en ocasiones superflua y de escasa calidad”
2- Pág. 9 de 36 “La zona de mayor influencia de la Planta es el área de 60 Km., alrededor de la fabrica, lo que incluye los departamentos de Río Negro, Soriano, Paysandú y la Provincia de Entre Ríos en Argentina, La ciudad mas afectada será Fray Bentos (23000 Habitantes), cuya población actualmente tiene relativamente pocas oportunidades de trabajo”.
3- Pág. 10 de 36: “si bien se pondera el olor como de significación baja, el Es.I.A (de Botnia) menciona que por esta causa muchas personas (…) dejarían de realizar actividades al aire libre en las cercanías de la planta y también que el olor podría producir precisamente que no se utilicen o se desvaloricen los espacios públicos”
4- Págs. 10 y 11 de 36, en el punto 4.3- Ruido, se dice “asimismo se prevé una afectación sobre los habitantes de las viviendas en torno a las Ruta 2 (Puente Internacional – Mercedes), en una faja de 250 metros desde el borde de ruta en el tramo entre Mercedes y el Puente Internacional, donde teóricamente los valores de inmision no serán compatibles con el buen descanso con ventanas abiertas”
5- Pág. 14 de 35, en el punto 4.10. Riesgos y Accidentes, se dice en el Es.I.A (de Botnia) “Los posibles accidentes en la fabrica de pulpa que podrían generar impactos ambientales son: el mal funcionamiento o salteado de algunos sistemas de tratamiento de gases y líquidos; accidentes que liberen gases tóxicos o peligrosos a la atmósfera”
6- Pág. 32 de 36, Sub punto 17 de la parte 8 – Conclusiones y Recomendaciones de la DI.NA.M.A se dice “El proponente (Botnia) deberá integrar, antes del inicio de la operación, una garantía por posibles afectaciones al ambiente, cuyo monto se determinará una vez que se presente el Plan de Gestión Ambiental de operación del proyecto

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Mensaje  dayrdan Mar Jun 17, 2008 12:25 am

Observaciones a lo relacionado con ENCE, punto 2:
1- Pág. 19 de 35, se dice “El emprendedor (ENCE) identifica que el agua subterránea y el suelo son susceptibles de ser impactados”
2- no haré una trascripción textual, pero haré una enumeración de las sustancias contaminantes que ENCE informa que su planta producirá y evacuará por la chimenea:
2.1- P.M.10 (material particulado de tamaño inferior a 10)
Anhídrido sulfuroso (SO2); Óxidos de Nitrógeno (NOx); compuestos de azufre reducido (metil- mercaptano, sulfuro de dimetilo, disulfuro de dimetilo y ácido sulfhídrico; dióxido de cloro (Cl O2), acetaldehído, benceno, formaldehído, ácido clorhídrico, metano, naftaleno, dioxinas y furanos, dióxido de carbono (CO2).
Como se observa al listado de Botnia, ENCE agrega otras sustancias, de las que cabe destacar el dióxido de cloro, ácido clorhídrico y principalmente dioxinas y furanos por sus nefastas y diversas acciones a largo plazo.
2.2- producirá y evacuara al Río Uruguay con impactos que consistirán en la alteración de la calidad del agua del río en lo que respecta a los valores de sus parámetros físico-químicos y microbiológicos, los siguientes: D.Q.O, D.B.O.5, AOX, Sólidos en Suspensión (S.S), PH, calor medido como temperatura en el efluente liquido 35ºC, compuestos nitrogenados y compuestos con contenido de Fósforo (P). De todo esto se dice “El emprendedor identifica que el agua subterránea y el suelo son susceptibles de ser impactados”
En la Pág. 26 de 35, el informe de la DI.NA.M.A agrega “otras emisiones al aire no consideradas en el estudio de impacto ambiental:
Emisión de Mercurio (Hg)
Emisión de compuesto organohalogenados
Emisiones fugitivas.
Marco Conceptual: Concentración – Caudal – Cantidad.
Se entiende por concentración una determinada cantidad de materia, de elementos en una determinada unidad, por ejemplo 1gr. de sal disuelto en 1 litro de agua, 10 miligramos de anhídrido sulfuroso en 1 metro cúbico de gases, etc.
Caudal es siempre una determinada cantidad en la unidad de tiempo, ejemplo, el caudal del Río Uruguay es de 500m³/seg., el caudal de gases de salida de la chimenea es de 1000m³/seg.
Multiplicando concentración y caudal en las mismas unidades encontramos la cantidad en la unidad de tiempo expresado en las mismas unidades de la concentración, ejemplo:

1gr de sal x 1000 lt de agua = 1000gr de sal
1lt de agua minuto minuto

La Trampa de Botnia – ENCE – Organismos Internacionales de Crédito – Regulaciones Internacionales sobre Protección del Medio Ambiente – Autoridades de la Republica Oriental del Uruguay:
Todos hablan de que los distintos contaminantes estarán por debajo de los límites establecidos por las normas internacionales más exigentes y que las pasteras no serán contaminantes, para luego agregar que a lo máximo serán minimamente contaminantes. Esto Constituye una Gran Falacia, que esconde la verdad de lo que sucederá. Cuando uno individualiza la variedad de contaminantes (con distintos niveles de agresividad) y las cantidades horarias, mensuales, anuales y acumuladas en 40 años como se demostró anteriormente, podemos afirmar que se nos quiere tomar por ignorantes, por mal informados o por infradotados.
El Paragua Contaminante:
Podemos usar la figura del paragua para describir la contaminación que producirá la corriente gaseosa que saldrá de la chimenea de Botnia de 120m de altura. La chimenea seria el eje del paragua, los gases y polvo a aproximadamente 170ºC de temperatura y a una velocidad de 20m/seg., se elevaran a una altura que dependerá de las condiciones climáticas imperantes en cada momento, mezclándose con el aire, luego comenzaran a descender hasta llegar a la superficie de la tierra contaminando todo el volumen y superficie de por lo menos 60km a la redonda de la chimenea según dice el informe de Botnia en la Pág. 9 de 36. Pero existen datos ciertos y determinados que algunos contaminantes podrían caer aun mas lejos de los 60km. La cantidad y variedad de contaminantes producirán a medida que transcurra el tiempo cambios sustanciales en la calidad de vida de las poblaciones, afectando la vida de las personas y en general de todo ser viviente incluido el reino vegetal.
Las localizaciones de Botnia y ENCE:
La de Botnia a 1 kilómetro al sur de la cabecera de un Puente Internacional y la de ENCE a 6km al norte, sobre la margen oriental del Río Uruguay, que en el puente según Botnia tiene 1600m de ancho y a una distancia variable comprendida entre 600 a 1000m del limite geográfico que divide Argentina y Uruguay, constituyeron decisiones empresariales en las que los únicos factores que se tomaron en cuenta, son los de conveniencia económica, haciendo abstracción absoluta de los perjuicios ambientales y económicos que ocasionarían a las poblaciones argentinas y uruguayas.
Posteriormente ENCE, ante la reacción de rechazo de las poblaciones argentinas, decide dejar sin efecto la instalación de su fábrica y en principio se trasladaría a Punta Pereyra.
Las autoridades de los gobiernos uruguayos pasados y presentes autorizan las instalaciones fronterizas generando un conflicto cuyo final es difícil de pronosticar.
Los Derechos de las Partes:
El Gobierno Uruguayo actual, aduciendo Derechos de Soberanía propios y legítimos, al autorizar las Instalaciones de Pasteras sobre la margen oriental del Río Uruguay, protegido por un Tratado Internacional, por lo tanto, ciertamente soberanía compartida con nuestro país, no puede bajo ningún punto de vista hacer uso irrestricto del agua y del lecho del río.
En el Informe de Botnia se dice, que se estima que la dilución de los efluentes de la fábrica se producirían a 1000m de distancia del punto de descarga.
Por otro lado la corriente gaseosa contaminante de la Chimenea, se disceminará y depositará teóricamente en un 50% en territorio argentino, hasta una distancia de 60km o mas del limite territorial argentino.
O sea que, el Estado Uruguayo expande sus límites territoriales sin más trámite, provocando una invasión del territorio argentino. De esto, no dicen absolutamente nada y pretenden demostrar que los agresores somos los argentinos, dado que, supongo que los habitantes de Gualeguaychú y las regiones aledañas también somos argentinos.
Esto necesariamente, debiera ser tenido en cuenta por el Tribunal Internacional de La Haya, dictando un fallo ejemplar que conmine a la empresa Botnia al retiro inmediato de sus instalaciones.
Transcribo a continuación el Articulo 41 de nuestra Constitución Nacional que dice: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambiental. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”.
Estaría casi de más decir, que el Pueblo de Gualeguaychú y todos los que están sobre la margen del Río Uruguay están actuando en cumplimiento de dicho artículo que ordena el deber de preservar el ambiente sano, etc.
Al demostrarse que las Pasteras serán altamente contaminantes, usando simplemente la información publicada de las propias Pasteras, y las advertencias y aseveraciones de la DI.NA.M.A uruguaya, podríamos concluir que tenemos, la obligación de hacer uso del Derecho a la Vida y que la Comunidad Internacional, debe comprender, que los Cortes de Ruta son producto de la pretendida imposición del Estado Uruguayo, de un avasallamiento al derecho de lo ciudadanos argentinos y un desconocimiento de la soberanía argentina.
Las Propuestas Pueriles, Engañosas y Revolucionarias:
El traslado de los efluentes líquidos de la Pastera Botnia, a 30 – 40km al sur, esconder la chimenea detrás de un parapeto y la revolucionaria dada a conocer por el Señor Juan Larreta en el articulo “El Conflicto con Uruguay tiene solución”, publicado nada menos que en el Diario La Nación (Pág. 15) del 08/01/2007 y que en una parte dice textualmente: “conviene señalar también que la enorme chimenea que posee esa planta (Botnia) no es una simple chimenea, sino que contiene un recirculador de gases por medio del cual se logra que la emisión de gases se produzca solo durante 8 a 10 días por año.
Esta citación hace posible que Botnia aproveche los días en que el viento no se dirige a las costas argentinas para verter sus efluentes gaseosos, esto ultimo debería formar parte del convenio”.
Preguntado vía Fax, el señor Larreta, acerca de su Revolucionario Sistema contestó:
Señor Preisz – “Fueron varias las personas que me aseguraron que el venteo de gases no excedería de 7 a 10 días por año” y continua.
Las anteriores y muchas otras que se difunden por distintos medios, evidencian que se pretende embarrar la cancha como dice un refrán popular, tratando de esconder o minimizar un problema que agobia a toda una Región Argentina, que lucha denodadamente desde hace muchos años que ha sembrado y sembrará en todo el mundo la semilla para crear, una conciencia de protección del Medio Ambiente, que es lo mismo decir, del Genero Humano.

Pablo Gerardo Preisz
Ingeniero Químico
L.E: 5796284

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