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Israel declarado culpable d crímenes d humanidad y genocidio

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Mensaje  dayrdan Mar Feb 24, 2009 6:07 pm


Israel es declarado culpable de crímenes de la humanidad y de genocidio contra la infancia palestina de la franja de Gaza
Por: CEPRID / Rebelión
Fecha de publicación: 24/02/09




Israel declarado culpable d crímenes d humanidad y genocidio T_nio_505_p
Un niño palestino herido en un bombardeo israelí es trasladado al hospital en Khan Younis, sur de Gaza.
Credito: Archivo
24 de febrero 2009. - El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza de la Misión Diplomática Internacional Humanitaria RWANDA 1994, a través de su Presidente Internacional, Sergio Tapia y Fiscal Internacional de Derechos Humanos del Tribunal Internacional de Conciencia, comunica a la comunidad internacional la Primera Sentencia Internacional contra los Crímenes de Lesa y el Genocidio sobre la Infancia Palestina de la Franja de Gaza convertida en el mayor campo de concentración del mundo donde hoy es el lugar más densamente poblado del planeta: tiene apenas 360 km2 donde viven 1.500.000 personas de las cuales el 50 por ciento son menores de edad y 80 por ciento están por debajo del nivel de pobreza, este Tribunal Internacional de Conciencia, compuesto por 14 Fiscales Internacionales de Derechos Humanos, de 11 países, 9 de America latina, 1 de África y 1 de Asia denuncia los crímenes aberrantes y el avance sistemático del infanticidio contra los niños y niñas de la Franja de Gaza, por parte del ejercito israelí, donde ha violado todas las Convenciones Humanitarias de Ginebra, todos las declaraciones Internacionales de Derechos Humanos, y ha puesto como método de guerra el ataque sobre la población civil.
La Sentencia Internacional esta integrada la presentación de las pruebas de los ataques sobre la población infantil palestina y la violación a las leyes internacionales y al estatuto de Roma, con testimonios de niños, madres, recopilados desde la Franja de Gaza, acompañado de las firmas y peticiones de miles y miles de personas de America Latina, España y Europa, África y Asia.
El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza, señala que la infancia Palestina en la Franja de Gaza ha vivido bajo el Genocidio de las bombas, de las metralletas, y de la utilización como escudos humanos de los niños por parte del ejercito israelí, "donde hay 700.000 niños y niñas en Gaza que fueron sometidos a masacres, asesinatos, a crímenes contra la humanidad, al genocidio, al bloqueo humanitario, secuestro y a la destrucción de de sus escuelas, de sus hogares, de sus familias, de sus casas " con un saldo de 6.600 los muertos y heridos en Gaza durante los 22 días que ha durado la operación militar israelí contra el movimiento radical islámico Hamás en ese territorio palestino. Con 1.340 muertos de los que 460 son niños y 106 mujeres, según datos que el ministerio palestino de Sanidad ha de la Franja de Gaza.
Los heridos, ascienden a 5.320, entre los que hay 1.855 niños y 795 mujeres, además de que otros 55.000 palestinos han tenido que desplazarse de sus hogares por el conflicto. Suficientes pruebas de la perpetración de las peores atrocidades que ha vivido la infancia Palestina en la Franja de Gaza, un campo de concentración, un campo de matanzas, donde suman mas de 280 niños muertos y mas de mil niños heridos, cifra que aumenta día a día, un nuevo Genocidio como el de Bosnia, el de Rwanda, el de Chechenia "podríamos decir que Gaza es la nueva Rwanda de Medio Oriente".
Los actos llevados a cabo por las Fuerzas Armadas israelíes constituyen también una violación evidente del artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional ("crimen de genocidio") y del artículo 2 de la Convención de 1948 para la prevención y prohibición del genocidio. En verdad, las consideraciones que llevan a declarar al Ejercito de Ocupación Israelí culpable, no sólo de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad, de crimen de genocidio, son las siguientes: "la codificación de tal delito en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tomado directamente de la Convención de Ginebra de 1948 y por lo tanto del Tribunal de Nuremberg, permite la atribución a muchos, si no a todos los conflictos de nuestra época, caracterizados un nivel tecnológico de las armas de guerra tan alto, que terminan por golpear siempre más a las poblaciones civiles que a las Fuerzas Armadas. En efecto, el artículo 6 del citado Estatuto enumera una serie de actos típicos de la actividad de guerra, hechos tales como "matar a los miembros de un grupo" o "causar graves lesiones a la integridad física o psíquica de personas que pertenezcan a un grupo", se convierten en actos de genocidio si se llevan a cabo" con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso", definición esta última en la cual la "intención" es fácilmente demostrada en el caso de la destrucción de una "parte" del "grupo nacional." El exterminio de un pueblo hasta su desaparición".
La gravedad de los crímenes están señalados en el artículo 5 del Estatuto de Roma (tipificando los crímenes de competencia de la Corte: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra), se trata de determinar que los crímenes cometidos son los suficientemente graves para justificar la acción de la Corte Penal Internacional. La gravedad de los crímenes debe establecerse teniendo en cuenta no sólo la escala de crímenes y el número de víctimas, también la naturaleza y la forma que se cometieron, y la situación psicológica, social que afectaron a la población civil.
El estatuto de la Corte Penal Internacional define estos crímenes de la siguiente manera:
Artículo 6. Genocidio
A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "genocidio" cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religiosos como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Artículo 7. Crímenes de lesa humanidad
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por "crimen de lesa humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:
a) Asesinato;
b) Exterminio;
c) Esclavitud;
d) Deportación o traslado forzoso de población;
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
f) Tortura;
g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
i) Desaparición forzada de personas;
j) El crimen de apartheid;
k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
Artículo 8. Crímenes de guerra
1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes.
2. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por "crímenes de guerra":
a) Infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del Convenio de Ginebra pertinente:
i) Matar intencionalmente;
ii) Someter a tortura o a otros tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos;
iii) Infligir deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud;
iv) Destruir bienes y apropiarse de ellos de manera no justificada por necesidades militares, a gran escala, ilícita y arbitrariamente;
v) Obligar a un prisionero de guerra o a otra persona protegida a prestar servicio en las fuerzas de una Potencia enemiga;
vi) Privar deliberadamente a un prisionero de guerra o a otra persona de sus derechos a un juicio justo e imparcial;
vii) Someter a deportación, traslado o confinamiento ilegales;
viii) Tomar rehenes;
b) Otras violaciones graves de las leyes y usos aplicables en los conflictos armados internacionales dentro del marco del derecho internacional, a saber, cualquiera de los actos siguientes:
i) Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades;
ii) Dirigir intencionalmente ataques contra objetos civiles, es decir, objetos que no son objetivos militares;
iii) Dirigir intencionalmente ataques contra personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, siempre que tengan derecho a la protección otorgada a civiles u objetos civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados;
iv) Lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causará pérdidas de vidas, lesiones a civiles o daños a objetos de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio natural que sean claramente excesivos en relación con la ventaja militar general concreta y directa que se prevea;
v) Atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, pueblos o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares;
Ante las evidencias presentadas, los testimonios, las declaraciones públicas de las agencias internacionales de las Naciones Unidas, y los Crímenes contra la Humanidad y Genocidio sobre la Infancia Palestina de Gaza, por violaciones sistemáticas a los Convenios Internacionales sobre el Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos, Derechos de la Infancia, Estatuto de Roma y por ataques directos y sistemáticos contra la vida y la dignidad humana de un pueblo, sometido al bloqueo y al aislamiento constante, sin poder huir, o refugiarse, hacinados en un campo de concentración, el mas grande del mundo, y bajo el poder de fuego durante 22 días de bombardeos, francotiradores y bombas prohibidas por los convenios de Ginebra y sus Protocolos, con un saldo de 460 niños asesinados y mas de 1800 infantes heridos y mutilados, y luego de haber escuchado el alegato de los Fiscales Internacionales de Derechos Humanos y del Relator Especial, este Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza, declara en Sentencia Internacional,(la primera en su tipo a nivel mundial sobre el Caso de los Crímenes contra la Infancia Palestina de la Franja de Gaza) a los 12 días del mes de Febrero del año 2009:
"ISRAEL CULPABLE DE CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Y GENOCIDIO CONTRA LA INFANCIA PALESTINA DE LA FRANJA DE GAZA"
Es la Sentencia Moral y Ética en memoria de los niños y niñas palestinos que mueren en Gaza, al menos para devolverles la dignidad que le han robado con estos crímenes de la barbarie humana, acompañada por mas de 2000 firmas y peticiones de organizaciones y ciudadanos de mas de 50 países del mundo que apoyan al este Tribunal Internacional de Conciencia, y solicitan a la Corte Penal Internacional y los organismos internacionales de justicia y derechos humanos de la Unión Europea y America Latina, la apertura de causa e investigación y condena de los culpables de los crímenes contra los niños y niñas de Gaza, solicitud acompañada por mas de dos mil firmas y peticiones de America Latina, Unión Europea, África y Asia
Las violaciones del derecho internacional humanitario deben ser perseguidas e investigadas por los Estados, en especial por los Estados parte de los Convenios de Ginebra de 1949 fuere cual fuere si nacionalidad. Israel es parte desde 1950 del IV Convenio, aplicable a la protección de la población civil, pero no investiga ni persigue los hechos que son denunciados ante sus tribunales militares y penales israelíes. Cuando fallan los tribunales del Estado con jurisdicción sobre las infracciones de derecho humanitario pueden actuar los tribunales de otros Estados (jurisdicción universal), ya que todos los Estados están obligados a respetar y hacer respetar los Convenios: para ello, la jurisdicción universal puede ser un mecanismo apropiado, aunque para evitar conflictos diplomáticos lo más conveniente sería que la Corte Penal Internacional tuviera competencia sobre estos hechos. Sin embargo, Israel no es parte del Estatuto de la Corte Penal Internacional y los crímenes de guerra (infracciones graves del derecho humanitario) perpetrados en su territorio o por sus nacionales han quedado hasta ahora en la más absoluta impunidad.
Deposítese la presente Sentencia Internacional ante los organismos internacionales de justicia y derechos humanos de la Unión Europea, America Latina, África y Asia y dese difusión a través de todos los medios de comunicación, escritos, radiales y televisivos, y disponible para organizaciones sociales, académicas y culturales de la sociedad civil. Firmada por el Presidente del Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza, el argentino Sergio Tapia Fiscal Internacional de Derechos Humanos

http://palsolidarity.org/2009/02/5523

http://zephyr.bvdep.com/version-20081224/cgi/template.dll?product=24&newsid=3985


Última edición por dayrdan el Miér Feb 25, 2009 3:05 pm, editado 1 vez

dayrdan

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Israel declarado culpable d crímenes d humanidad y genocidio Empty Israel viola fronteras construyendo muro y reprime palestino

Mensaje  dayrdan Miér Feb 25, 2009 3:04 pm


(VIDEO) Israel viola fronteras al construir su muro y reprime a palestinos que protestan
Por: YVKE Mundial (Luigino Bracci Roa)
Fecha de publicación: 24/02/09




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Contínuos allanamientos y detenciones han ocurrido todo el mes de febrero
Credito: ISM
24 de febrero 2009. - Los terribles hechos ocurridos entre diciembre y enero en la franja de Gaza han dejado en un segundo plano a Cisjordania, la región de Palestina que se encuentra en el norte de Israel.

La aldea de Jayyous o Jayyus, ubicada cerca de Qalqiliya, tal vez no ocupe mucho centimetraje en los periódicos o se le dedique tiempo en los noticieros de televisión, pero la situación allí sigue siendo preocupante. En las últimas semanas, la pequeña aldea agrícola, donde viven unas 3 mil personas, ha sido víctima de numerosas redadas, allanamientos e intimidaciones por parte de las fuerzas israelíes debido a las firmes protestas que han hecho sus habitantes contra el "Muro del Aparteid".

Un muro que cambió completamente su modo de vida


La aldea vivía principalmente de la agricultura, pero el muro los dividió: dejó de un lado las viviendas y del otro el 75 por ciento de las tierras cultivables (ver mapa al final de este artículo). Además, unas 558 hectáreas fueron confiscadas para la construcción del muro. De acuerdo al periódico The Financial Times, 50 por ciento de los aldeanos de la alguna vez próspera aldea agrícola de Jayyous hoy dependen de ayuda internacional, debido a que el muro ha dificultado o imposibilitado el acceso a los sembradíos.

Para que los palestinos puedan llegar a las tierras, tienen que usar alguna de las dos alcabalas disponibles. Explica Wikipedia que "en junio de 2005 las alcabalas estaban cerradas la mayor parte del tiempo, lo que provocaba protestas de los aldeanos en las mismas. Para febrero de 2007, las puertas se abren sólo 3 horas al día: una hora en la mañana, una al mediodía y una al anochecer".

El sitio web de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestina en Oriente Próximo (UNRWA) explica que Jayyous está ubicada seis kilómetros tierra adentro de Cisjordania, bastante alejada de lo que debería ser la frontera entre ese territorio e Israel, según los tratados de 1949. Sin embargo, el muro israeli viola este tratado y se adentra en Cisjordania, aislando a Jayyus y Qalqiliya de sus tierras cultivables.

Explica UNRWA: "Cuatro mil árboles fueron talados y 125 acres de tierra fueron aplanados para construir el muro. La barrera aisla unas 900 hectáreas, entre el 75 y el 90 por ciento de la tierra fértil. También aisla unos 120 invernaderos pertenecientes a Jayyous y Falamyeh, junto a seis pozos de agua. "Jayyous se vio forzada a usar un pozo ubicado entre esa aldea y Azzun, compartiéndolo entre ambos, pero el pozo no cubre ni el 50 por ciento de sus necesidades, por lo que el agua tiene que racionarse a 2 horas diarias durante el verano".

La agencia Ma'an informa que unos 277.000 metros cuadrados (27 hectáreas) de tierra están siendo aplanados y usados para la nueva ruta del muro, con un total de 5.585.000 metros cuadrados (558 hectáreas) que serán confiscados permanentemente cuando el muro esté terminado.

UNRWA también informa que los agricultores palestinos son víctimas de "varias formas de maltrato" al pasar las alcabalas, incluyendo tener que quitarse las franelas y vestimentas, no poder llevar herramientas para el campo ni fertilizantes e intimidación apuntándole los fusiles. El obtener una tarjeta magnética que les facilite el ingreso tiene un costo alto, que no les garantiza su obtención.

Amedrentamiento por protestar


Desde 2002, movimientos palestinos e internacionales han acudido al área donde han protestado con los afectados en contra del muro. Hay que reconocer que Israel ha sido flexible, permitiendo el acceso de estos grupos y de la prensa, pero a pesar de eso los hechos no han trascendido a los medios de comunicación masivos, con muy contadas excepciones.

Sin embargo, eso no ha impedido que los habitantes de Jayyus hagan protestas todas las semanas en contra del Muro, que no han frenado su construcción. Sin embargo, este mes de febrero las fuerzas militares israelíes han realizado varios operativos de amedrentamiento, allanamientos, detenciones e interrogatorios contra los habitantes de Jayyus, de los que no se ha salvado ni el mismísimo alcalde del poblado. Haz click en cualquier video para verlo
Puedes ver otros en radiomundial.com.ve



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Protestas el pasado 23 de enero en Jayyous (Foto: ISM)
Este miércoles 18 de febrero, unos 65 palestinos de Jayyus fueron trasladados a una escuela para ser interrogados, y docenas de casas fueron allanadas supuestamente buscando armas. El operativo duró unas 15 horas. Un operativo similar se realizó el pasado 6 de febrero.

Informó la agencia Ma'an a través de su página web que diecisiete personas fueron sacadas de la aldea por las fuerzas israelíes, que destruyeron el interior de algunas casas, y la escuela donde se llevó a cabo el interrogatorio resultó dañada: el laboratorio de ciencias y la sala de computadoras fueron vandalizadas. "La escuela fue dañada gravemente. La entrada fue abierta a la fuerza y todas las puertas fueron sacadas de sus uniones. Hubo interrogatorios masivos allá adentro", dijo Ulrika Lundquist, voluntaria sueca del Movimiento de Solidaridad Internacional presente en el lugar.

"Israel intenta intimidar cualquier forma de resistencia popular contra el Muro del Apartheid ilegal", dijo Lundquist. El alcalde de Jayyous, Taher Jaber, aseguró que las acciones israelíes tienen como propósito "hacernos abandonar nuestras tierras". La casa de Jaber también fue allanada en la incursión.

El que el Movimiento de Solidaridad Internacional haya subido a Youtube varios videos con lo ocurrido en estos días, nos ha motivado a escribir este artículo. Le instamos a verlos y darsecuenta de cómo es el día a día en Cisjordania y cómo las tropas israelíes combaten la resistencia a un muro cuyo propósito final, al parecer, es forzarlos a irse de lo que los israelíes consideran su tierra prometida.

Terrenos se usarán para asentamientos israelíes


La organización "Stop the Wall" asegura que partes de las tierras palestinas que les fueron arrebatadas con el muro israelí serán usadas parta construir una nueva aldea israelí, llamada Zufim Norte. "La construcción de infraestructura para el nuevo asentamiento israelí conocido como 'Zufim Norte' ha empezado, con la construcción de una red eléctrica que permitirá la construcción de nuevas casas" para los israelíes. Afirman que las construcciones están a cargo de la compañía Leader, propiedad del multimillonario Lev Leviev, el 210 hombre con más dinero en el mundo, quien ha amasado una fortuna de 6.500 millones de dólares gracias al negocio de los diamantes y los bienes raíces.

Leviev, nacido en lo que hoy es Uzbequistán, ha acumulado su riqueza con la explotación de los diamantes de Angola y Namibia, por medio del holding Africa Israel Investements; actua en el area petrolera con Alona-FINA (es dueño de 1.700 estaciones de gasolina en Estados Unidos) y en el sector inmobiliario internaciónal con Danya Cebus y AFI. También es dueño de la fábrica de trajes de baños Gottex, distribuidora (a través de una licencia) de ropa del grupo español Inditex, particularmente de las marcas Zara, Pull and Bear y Massimo Dutt, razón por la cual algunos grupos pro-palestinos piden el boicot de estas marcas. También es dueño de numerosas propiedades en Nueva York, entre ellas el edificio del New York Times.

La lucha de los palestinos se libra en Gaza y en Cisjordania.


dayrdan

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Mensaje  floratristán Sáb Feb 28, 2009 6:42 am

Por fin esto ha sucedido!! cheers Gracias a las luchas de tantos miles y miles que dijeron BASTA!!!!!!!! Y así seguirá Israel pagando sus deudas criminales affraid hasta que Palestina tenga su Patria y su Paz!!!! Arriba los que luchan. Like a Star @ heaven Flora Like a Star @ heaven

floratristán

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